La semana pasada, el Senado de la República elevó a rango constitucional la llamada Ley 3de3, legislación que impide a agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género, contender por cargos de elección popular o participar en el servicio público. Se trata de una normatividad complementaria a las leyes que garantizan la paridad de género en el acceso a los cargos de elección popular, y tiene un impacto aún mayor porque busca erradicar resabios culturales, prejuicios y agresiones normalizadas por violentadores que se niegan a reconocer la igualdad de género y le regatean sus derechos a la mujer.

De manera específica, los artículos constitucionales reformados son el 38 y el 102, quedando su nueva redacción de la siguiente manera:

“Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden . . . :

  • Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.”

En el caso del artículo 102 constitucional, se incluyó como requisito para ser titular de la Fiscalía General de la República, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por la comisión de delito doloso, quedando de la siguiente manera:

“Para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.”

Un aspecto muy importante de resaltar, en el actual contexto de intenso debate y posturas polarizadas, es que esta reforma al marco constitucional se da con el respaldo de todas las fuerzas políticas. Se trató de una iniciativa que unió al ala feminista de todos los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión.

Es un prueba más de que en la democracia se pueden construir consensos cuando se antepone la agenda de las coincidencias y se priorizan las iniciativas que implican una evolución en la lucha de causas como el empoderamiento de la mujer, que por sí mismo está inscrito en todas las plataformas electorales de los partidos políticos.

Si bien el avance para garantizar el acceso de la mujer a cargos de elección popular toma impulso con la reforma electoral de 1996, podemos decir que la lucha contra la violencia de género se remonta legislativamente al 2007 cuando se promulga la innovadora Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia cuyo objetivo fue establecer acciones entre los distintos órdenes de gobierno para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Y si bien todavía no era ley, el espíritu de la lucha #3de3contralaViolencia ya tuvo impacto en la definición de candidaturas en el anterior proceso electoral del 2021, pues el Consejo General del INE en su momento (28/Oct/2020) aprobó unos “Lineamientos para que los partidos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia contra las mujeres”.

Por lo anterior, en dicho proceso electoral se estableció la presentación del formato #3de3ContralaViolencia como requisito para el registro de las diversas candidaturas en juego.

Sin exagerar, podermos decir que estas reformas a los artículos 38 y 102 de la Constitución hacen de México un país más democrático. Parlamentariamente México es ejemplo de igualdad política al contar con un Congreso federal paritario, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados. Y en el caso de Sinaloa, inéditamente las mujeres son mayoría, 23 diputadas en un congreso de 40 legislador@s.

Llevar a la Constitución estas reformas, amplía la protección de los derechos de la mujer, pues la Carta Magna es nuestro contrato social, el consenso de los mexicanos y la hoja de ruta que nos hemos marcado a través del tiempo. Sigamos haciendo buena política, la política útil que construye acuerdos y garantiza derechos, como reza la declaración de principios del Partido Sinaloense (PAS).

Excelente inicio de semana.