{"id":2231,"date":"2022-05-11T11:30:07","date_gmt":"2022-05-11T17:30:07","guid":{"rendered":"http:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/?p=2231"},"modified":"2022-05-11T11:30:09","modified_gmt":"2022-05-11T17:30:09","slug":"aprueba-comision-dictamen-de-revocacion-de-mandato-para-titularidad-del-ejecutivo-estatal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/2022\/05\/11\/aprueba-comision-dictamen-de-revocacion-de-mandato-para-titularidad-del-ejecutivo-estatal\/","title":{"rendered":"APRUEBA COMISI\u00d3N DICTAMEN DE REVOCACI\u00d3N DE MANDATO PARA TITULARIDAD DEL EJECUTIVO ESTATAL"},"content":{"rendered":"\n<p>La Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales y Gobernaci\u00f3n del Congreso del Estado de Sinaloa aprob\u00f3 dictamen de reformas a la Constituci\u00f3n con el objetivo de que en la entidad se realice revocaci\u00f3n de mandato para quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo estatal.<br>El dictamen fue aprobado de forma un\u00e1nime por las y los diputados Ambrocio Ch\u00e1vez Ch\u00e1vez, Feliciano Valle Sandoval, Elizabeth Chia Galaviz, Ver\u00f3nica Guadalupe B\u00e1tiz Acosta y Jos\u00e9 Manuel Luque Rojas, presidente, secretario y vocales, respectivamente de la Comisi\u00f3n.<br>En Comisi\u00f3n las diputadas y diputados aprobaron dictamen de reformas a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa ya que la revocaci\u00f3n de mandato constituye un importante avance en la garant\u00eda de la democracia participativa, pues es concebida como una de las v\u00edas m\u00e1s id\u00f3neas para la rendici\u00f3n de cuentas.<br>\u201cEsta Comisi\u00f3n Dictaminadora considera oportuna y viable las propuestas de reformas y adiciones a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa, en materia de revocaci\u00f3n de mandato en los t\u00e9rminos planteados, con el prop\u00f3sito de armonizar dicha figura con los par\u00e1metros federales, que permita garantizar a las y los sinaloenses el derecho a participar en los procesos de revocaci\u00f3n de mandato de quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo local\u201d, se\u00f1ala el dictamen aprobado.<br>Otra de las consideraciones tomadas en cuenta es que se fortalece el sistema de representaci\u00f3n pol\u00edtica, debido que obliga a quien ocupe la titularidad del Ejecutivo local a cumplir con sus responsabilidades, obligaciones y compromisos asumidos, de lo contrario las y los ciudadanos sinaloenses podr\u00e1n hacer uso de dicho instrumento para remover de su cargo al titular del Gobierno estatal.<br>Se elabor\u00f3 dictamen tomando como base iniciativas de reformas presentadas ante el Congreso local por el gobernador de Sinaloa, Rub\u00e9n Rocha Moya; los grupos parlamentarios de Morena y el PAS, y un grupo de ciudadanas y ciudadanos sinaloenses.<br>El dictamen indica que el proceso de revocaci\u00f3n de mandato ser\u00e1 convocado por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a petici\u00f3n de las ciudadanas y ciudadanos, en un n\u00famero equivalente, al menos, al diez por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del estado, en por lo menos once municipios.<br>Se podr\u00e1 solicitar en una sola ocasi\u00f3n y durante los tres meses posteriores a la conclusi\u00f3n del tercer a\u00f1o del periodo constitucional.<br>Se realizar\u00e1 mediante votaci\u00f3n libre, directa y secreta de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal del estado, el domingo siguiente a los noventa d\u00edas posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o local.<br>El IEES tendr\u00e1 a su cargo la organizaci\u00f3n, desarrollo y c\u00f3mputo de la votaci\u00f3n. El c\u00f3mputo final lo realizar\u00e1 el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.<br>Para que el proceso de revocaci\u00f3n de mandato sea v\u00e1lido deber\u00e1 haber una participaci\u00f3n de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado.<br>Las y los integrantes de la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales y Gobernaci\u00f3n reiteraron que la revocaci\u00f3n de mandato fortalece la democracia participativa, la rendici\u00f3n de cuentas, el control del poder pol\u00edtico, la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda e incentiva conductas en el ejercicio del poder para el cumplimiento del servicio p\u00fablico.<br>El Congreso del Estado deber\u00e1 expedir la Ley de Revocaci\u00f3n de Mandato para el Estado de Sinaloa dentro de los ciento ochenta d\u00edas posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.<br>Aprobado el dictamen por la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales y Gobernaci\u00f3n, pasar\u00e1 al Pleno para su lectura, discusi\u00f3n y votaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales y Gobernaci\u00f3n del Congreso del Estado de Sinaloa aprob\u00f3 dictamen de reformas a la Constituci\u00f3n con el objetivo de que en la entidad se realice revocaci\u00f3n de mandato para quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo estatal.El dictamen fue aprobado de forma un\u00e1nime por las y los diputados Ambrocio Ch\u00e1vez [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":2232,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[281,93],"tags":[278,796],"class_list":["post-2231","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso-de-sinaloa","category-principales","tag-congreso-de-sinaloa","tag-revocacion-de-mandato"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2231","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2231"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2231\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2233,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2231\/revisions\/2233"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2232"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2231"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2231"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2231"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}