{"id":5340,"date":"2023-03-06T10:01:56","date_gmt":"2023-03-06T17:01:56","guid":{"rendered":"http:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/?p=5340"},"modified":"2023-03-06T10:01:56","modified_gmt":"2023-03-06T17:01:56","slug":"voto-anticipado-y-en-prision-preventiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/crucialnuevaepoca.com\/web\/2023\/03\/06\/voto-anticipado-y-en-prision-preventiva\/","title":{"rendered":"VOTO ANTICIPADO Y EN PRISI\u00d3N PREVENTIVA"},"content":{"rendered":"\n<p>H\u00e9ctor Melesio Cu\u00e9n Ojeda<\/p>\n\n\n\n<p>El pr\u00f3ximo 4 de junio se llevar\u00e1n a cabo elecciones en dos entidades federativas: En el estado de M\u00e9xico para renovar la gubernatura y en Coahuila donde elegir\u00e1n al nuevo gobernador y a los 25 diputados del Congreso local, 16 de mayor\u00eda relativa y 9 de representaci\u00f3n proporcional. En estos procesos hay dos innovaciones electorales dignas de seguimiento y an\u00e1lisis, porque implican una modernizaci\u00f3n institucional y el ejercicio progresivo del derecho humano al sufragio. Me refiero a la modalidad del voto anticipado y el efectivo derecho al voto de las personas en prisi\u00f3n preventiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En la sesi\u00f3n del 27 de febrero pasado, el Consejo General del INE aprob\u00f3 los \u201cLineamientos para la conformaci\u00f3n de la prueba piloto del voto anticipado para el proceso electoral local 2022-2023 en los Estados de Coahuila de Zaragoza y M\u00e9xico\u201d, con el objetivo de que toda la ciudadan\u00eda que decida emitir su voto de manera anticipada a causa de alguna discapacidad que le impida o limite hacerlo en la casilla que le corresponde, cuente con este recurso que garantice su derecho pol\u00edtico al sufragio activo.<\/p>\n\n\n\n<p>Es de celebrarse la instauraci\u00f3n de esta prueba piloto en nuestro pa\u00eds, pues la posibilidad del voto anticipado es una normalidad extendida en muchos pa\u00edses del mundo. En nuestro vecino del norte, los Estados Unidos, un porcentaje significativo de personas acostumbra recurrir a este formato para ejercer su derecho al voto, pues representa una opci\u00f3n muy c\u00f3moda para asegurar su participaci\u00f3n electoral en un pa\u00eds de una vida cotidiana muy intensa y donde las elecciones at\u00edpicamente son los d\u00edas martes y no los fines de semana (domingo) como en M\u00e9xico y muchos otros pa\u00edses del mundo.<\/p>\n\n\n\n<p>En Estados Unidos, se calcula que cerca del 20% de los votantes recurren a esta modalidad precoz de contacto con la urna, y en algunos estados como Washington y Oregon, m\u00e1s del 90 por ciento utilizan tradicionalmente la v\u00eda anticipada. Se sabe que por el perfil de su base electoral, el Partido Dem\u00f3crata es un defensor de esta modalidad, mientras que los republicanos y particularmente Donald Trump, se ha quejado que su derrota en el 2020 estuvo determinada, entre otros factores, por el uso sospechosamente intenso del voto previo.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra cualidad del proceso electoral en marcha, es el respeto al derecho al voto de las personas sujetas a prisi\u00f3n preventiva. Esto es un acto de justicia pues se trata de respetar su derecho al debido proceso y a la presunci\u00f3n de inocencia, dado que se trata de personas que si bien se encuentran recluidas no han sido sentenciadas como culpables de alg\u00fan delito, y por lo tanto jur\u00eddicamente mantienen sus derechos pol\u00edticos \u00edntegros.<\/p>\n\n\n\n<p>Con este prop\u00f3sito, el INE en la misma sesi\u00f3n aprob\u00f3 simult\u00e1neamente \u201cLos lineamientos para la conformaci\u00f3n de la lista nominal de electores de personas que se encuentran en prisi\u00f3n preventiva para los procesos electorales locales 2022-2023 en los estados de Coahuila de Zaragoza y de M\u00e9xico\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>De hecho en el cuerpo de los lineamientos, se define a las personas que se encuentran en prisi\u00f3n preventiva como \u201clos ciudadanos con derecho a votar que se encuentran privadas de su libertad sujetas a un proceso de car\u00e1cter penal, que no est\u00e1n suspendidos en sus derechos pol\u00edtico-electorales y que no est\u00e9n compurgando sentencia por alg\u00fan otro delito.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Esta definici\u00f3n deriva de una resoluci\u00f3n del Tribunal Electoral (SUP-JDC-353\/2018), cuya Sala Superior determin\u00f3 en 2018 que las personas en prisi\u00f3n preventiva que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar (un asunto muy debatido en su momento), porque se encuentran amparadas bajo la presunci\u00f3n de inocencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el derecho convencional ha dado sustento tambi\u00e9n a esta pol\u00edtica electoral, dado que el art\u00edculo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos (signado por M\u00e9xico), establece que \u201clos derechos y oportunidades a votar se garantizan hoy a todos los ciudadanos, sin restricciones indebidas\u201d. Subrayando que para los presos sin condena, la presunci\u00f3n de inocencia implica la protecci\u00f3n absoluta de su derecho al voto.<\/p>\n\n\n\n<p>Bienvenidas estas dos resoluciones del Consejo General del INE (el voto anticipado y el derecho al sufragio de las personas en prisi\u00f3n preventiva), pues cualquier medida que ampl\u00ede la posibilidad de que todo mundo pueda emitir su voto y ser parte de la reconfiguraci\u00f3n del mapa de la representaci\u00f3n pol\u00edtica, significa una maduraci\u00f3n, evoluci\u00f3n y perfeccionamiento del r\u00e9gimen democratico. Parafraseando al ex presidente Theodore Roosevelt, las democracias deben progresar para responder a su tiempo y no anquilosarse.<\/p>\n\n\n\n<p>Excelente inicio de semana.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>H\u00e9ctor Melesio Cu\u00e9n Ojeda El pr\u00f3ximo 4 de junio se llevar\u00e1n a cabo elecciones en dos entidades federativas: En el estado de M\u00e9xico para renovar la gubernatura y en Coahuila donde elegir\u00e1n al nuevo gobernador y a los 25 diputados del Congreso local, 16 de mayor\u00eda relativa y 9 de representaci\u00f3n proporcional. 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